LORENZO MORALES MONTESINOS - ASESOR LABORAL -  FISCAL -VALENCIA
 
   
     

  NOTICIAS: Valencia, 15 de Febrero de 2010  
 

Cambian los impuestos para este año: éstas son las novedades 

Desde el pasado 1 de enero han entrado en vigor o están a punto de hacerlo un buen número de novedades impositivas, que si bien no han adquirido la popularidad de la futura subida de los tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), si tienen una trascendencia importantísima. 

Los cambios a principios de año ya han afectado a casi todos los tributos, incluidos los Impuestos Especiales y los de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Este es un rápido repaso sobre las que ahora se están preparando. 

* Valor Añadido

La medida demandada por los empresarios para que no se ingrese el IVA hasta que no se haya cobrado la deuda no ha sido atendida por el Gobierno, a cambio, se acortará de un año a seis meses el plazo para recuperar el IVA por el impago de facturas. Sí que se ha acogido, sin embargo, la reducción para las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 y ampliando el límite máximo del coste de materiales hasta el 30% del precio de la actuación.

Finalmente, también se aplicará el tipo súper reducido del 4% a los servicios de atención a la dependencia prestados por empresas integradas en el sistema de autonomía y atención a la dependencia con plazas concertadas en residencias. España ha transpuesto el conocido como Paquete IVA que incluye nuevas normas de localización para las prestaciones de servicios; revisión de la periodicidad y de la información a incluir en la declaración de las operaciones intracomunitarias y el nuevo procedimiento de solicitud de devolución para empresarios o profesionales comunitarios no establecidos.

CON EFECTOS DESDE EL 1 DE JULIO DE 2010 se elevan los siguientes tipos impositivos de I.V.A.:

  • El tipo general actual del 16% pasa a ser 18%.

  • El tipo reducido actual del 7% pasa a ser del 8%.

  • La compensación del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca para actividades ganaderas actual del 7,5 % pasa al 8,5% y para actividades agrícolas o forestales actual del 9 % pasa al 10%.

  • Se pospone hasta el año 2012 la entrada en vigor de la obligación de presentar electrónicamente la información de los libros de registro para todos los sujetos pasivos que no estén inscritos en el Registro de Devolución Mensual del I.V.A. o del I.G.I.C.

* Sobre Sociedades ( Operaciones vinculadas) 

La Administración Tributaria está exigiendo a las grandes y pequeñas empresas documentar detalladamente cualquier operación vinculada, obligando además, al empresario, socio, administradores y familiares a realizar las mismas a precio de mercado. 

La Administración exclama un contundente y claro “se acabo”, todo camuflado entre líneas con una nueva ley y un detallado reglamento en el Texto Refundido del Impuesto de Sociedades, que lejos de favorecer el uso de las operaciones vinculadas, provoca que el uso de las mismas sea un arduo y tortuoso trabajo para el empresario, sin obviar el sobrecoste económico que supondrá el cumplir con las fuertes exigencias a las cuales estarán obligadas los sujetos pasivos, cuando realicen cualquier operación vinculada. Bajo unas sanciones, que para nada son anecdóticas y que pueden llevar a más de uno, a no obviar esta obligación, la Agencia Tributaria, impone así una nueva legislación, por la cual, el obligado tributario deberá, como novedad para el ejercicio del 2009, documentar cualquier operación vinculada sin importar la cuantía de la operación. Cualquier operación vinculada realizada a partir del 19 de Febrero del 2009, deberá estar detalladamente documentada tal y como nos exige la Administración, la sanción puede ir de 1.500 euros hasta 30.000 por omisión o no disponer del documento correctamente. 

* Renta de las Personas físicas ( Aumento 19% retenciones alquiler)

Desde 2011 los contribuyentes no se podrán desgravar las nuevas compras de vivienda, salvo en el caso de familias con rentas inferiores a 24.107,20 euros brutos anuales. Este hecho, unido a la subida del IVA que grava los inmuebles de nueva construcción del 7% al 8%, animará el inmediato adelanto de las compras

  Otra de las medidas estrella del Gobierno seguirá pendiente de aprobación. Se trata de la reducción del 50% en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, que se incrementará al 60%. Por otro lado, la edad necesaria en el arrendatario para disfrutar de la reducción del cien por ciento del rendimiento por alquiler de vivienda se recortará desde los 18 a 35 años hasta los 18 y 30 años a partir del 1 de enero de 2010. También, se prevé el recorte en la deducción por alquiler de viviendas, sólo para rentas inferiores a 24.107,20 euros 

  • Se eleva el tipo fijo para gravar las rentas del ahorro (Dividendos, intereses, contratos de seguros de vida e invalidez…y las ganancias patrimoniales) y se sustituye por el siguiente:

    • Hasta 6.000 euros……………….………………. 19%.

    • Desde 6.000,01 euros en adelante………………. 21%.

  • Se elevan al 19% las retenciones de los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión, premios en metálico…

  • Se elevan al 19% las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.

  • Se elevan al 19% las retenciones sobre arrendamientos de bienes muebles, negocios y minas.

  • Desaparece la deducción de 400 € por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas para los contribuyentes con una base imponible superior a 12.000 euros anuales y se reduce para contribuyentes con una base imponible entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales.

  • Con efectos a partir del 1 de Enero de 2.009 se establece una reducción del 20% del rendimiento neto para los contribuyentes que ejerzan actividades económicas y mantengan o creen empleo siempre que cumplan determinadas condiciones: importe neto de la cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados…

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